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lunes, 2 de noviembre de 2015

Declaracion Anual para 2016, Asesoria Contable



Trabajadores si deseas hacer tu declaración anual por tu cuenta.
Deberás avisarle a tu patrón antes de que concluya el año 2015.
En este de Noviembre es un buen tiempo para avisar, dado que en el mes de diciembre se pagan los aguinaldos, y se aprovecha para empezar a calcular el impuesto anual de sueldos y salarios.
Si tus ingresos fueron inferiores a 400,000 pesos, al presentar el escrito, el patrón ya no hará el cálculo del ISR del trabajador, es importante que tengas deducciones personales para que tengas un saldo a favor del impuesto sobre la renta.
Deducciones que pueden considerar los asalariados:
  • Honorarios médicos, dentales y hospitalarios
  • Aparatos para el restablecimiento o rehabilitación
  • Medicinas que se incluyan en las facturas que expidan los hospitales
  • Gastos por análisis, estudios clínicos o prótesis
  • Primas por seguros de gastos médicos
  • Donativos que se otorguen a instituciones autorizadas
  • Intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a casa habitación
  • Aportaciones complementarias de retiro
  • Gastos funerarios
Sumado a ello podrán deducir el pago de colegiaturas de los niveles preescolar, primaria, secundaria y media superior.
ES IMPORTANTE QUE TUS PAGOS SEAN CON CHEQUE, TRANSFERENCIA, TARJETA DE DEBITO O CRÉDITO Y POR SUPUESTO SOLICITAR EL COMPROBANTE FISCAL (CFDI).
El aviso también lo debes presentar si recibiste ingresos por otros regímenes como: honorarios, arrendamiento o ingresos por la actividad empresarial.
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Fundamento Legal:
Artículo 181 RISR. El escrito a que se refiere el artículo 97, párrafo último, inciso c) de la Ley, deberá presentarse a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio por el que se va a presentar la declaración.

Los retenedores no harán el cálculo del Impuesto anual respecto de aquellos trabajadores obligados a presentar declaración anual, en términos del artículo 98, fracción III, incisos a) y c) de la Ley, siempre que éstos les presenten el escrito respectivo en el plazo mencionado en el párrafo anterior.

DOF: 08/10/2015. Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

ESCRITO LIBRE PARA EL PATRON:

 


Cancún, Q.Roo., ______ de ______________ de 2015.

Nombre del Empleador (Patron)
Domicilio (Laboral)
El que suscribe, _(nombre del trabajador)________________, con Registro Federal de Contribuyentes ______(RFC del trabajador)________, me permito informarle que de conformidad con los artículos 97 último párrafo, inciso c) y 98 fracción III, inciso b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y 181 de su Reglamento, voy a presentar por mi cuenta la declaración anual del impuesto sobre la renta por los ingresos percibidos por concepto de sueldos y salarios correspondiente al ejercicio fiscal de 2015.
Lo anterior se le informa con el fin de solicitar atentamente que no se efectúe el cálculo del impuesto anual por los ingresos por concepto de sueldos y salarios que percibí por el ejercicio de 2015.
Asimismo, me permito solicitarle la constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones efectuadas en el año de 2015, la cual, debe ser entregada a más tardar en febrero de 2016 para estar en posibilidad de cumplir con la presentación de mi declaración anual en el plazo previsto por las disposiciones fiscales.

Atentamente
_____________________________
Firma (del trabajador) 


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martes, 15 de septiembre de 2015

Deducciones Personales para la declaracion 2014



Deducciones personales  para Declaración Anual 2014.




Se limita el monto máximo de las deducciones personales realizadas por una persona física al año a la cantidad que resulte menor entre cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente, o del 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluidos los exentos. Esta limitante no es aplicable tratándose de los donativos otorgados a personas autorizadas.

Medios de pago de las deducciones personales.

En el caso de los pagos por honorarios médicos y dentales, los gastos hospitalarios, así como los gastos destinados a la transportación escolar de los descendientes en línea recta cuando ésta sea obligatoria, se establece como requisito para poder deducirlos que los pagos se realicen con cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.

Deducción de créditos hipotecarios para casa habitación

Para que poder deducir los intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de casa habitación, se reduce el monto total máximo de los créditos otorgados para la adquisición de dicho inmueble a setecientas cincuenta mil unidades de inversión.

Donativos

Se establece como porcentaje máximo de deducción por concepto de donativos otorgados a favor de la Federación, entidades Federativas, Municipios u organismos descentralizados, el 4% del total de utilidad fiscal  de sus ingresos acumulables obtenidos por las personas físicas en el ejercicio anterior. 
Para conocer a detalle los requisitos de las deducciones personales aplicables en la declaración anual de 2014 ponemos a su disposición la siguiente relación:

Deducciones personales en:
a)Salud
En tu próxima Declaración Anual tienes derecho a las siguientes deducciones personales:
Tus gastos, los de tu pareja y familiares en línea recta que pagues con medios de transferencia electrónica* y sean por:
Honorarios médicos y dentales.
Compra de lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
Primas por seguros de gastos médicos pagados de cualquier forma, que cubra compra o alquiler de aparatos para rehabilitación, medicinas que expidan hospitales, honorarios a enfermeras, análisis, estudios clínicos o prótesis.

b)Educación
Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Montos máximos por estudiante:
Preescolar: 14,200 pesos.
Primaria: 12,900 pesos.
Secundaria: 19,900 pesos.
Profesional Técnico: 17,100 pesos.
Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos
Las cuotas de inscripción o reinscripción no pueden deducirse.
Transporte escolar obligatorio que se incluya en la colegiatura.
Realiza estos pagos con medios de transferencia electrónica.*


c) Otros
Con cualquier medio de pago puedes deducir:
Gastos de funerales de tu pareja y familiares en línea recta. Los
gastos a futuro se pueden deducir hasta el año en que se utilicen.
Donativos a instituciones autorizadas, Intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación.
Aportaciones complementarias de retiro para planes personales o a la subcuenta de aportaciones voluntarias.
Impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%
Cheque, trasferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o de servicios.
El monto total de las deducciones (excepto donativos y colegiaturas) no puede exceder de cuatro salarios mínimos generales anuales o de 10% total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
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