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lunes, 17 de junio de 2013

Nuevas disposiciones para 2014 Combrobantes fiscales CBB CFD y CFDI

A partir de 2014, todos los contribuyentes que utilizan el esquema de Comprobante Fiscal Digital (CFD) deberán utilizar el esquema de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para la emisión de sus facturas electrónicas.

A partir de 2014 los contribuyentes con ingresos superiores a 250 mil pesos en el año, deberán utilizar el esquema de CFDI para la emisión de sus facturas electrónicas.

Todos los contribuyentes pueden adoptar la facturación electrónica, con independencia del nivel de ingresos que tengan.

Quienes tengan ingresos menores o iguales a 250 mil pesos, podrán seguir utilizando facturas en papel.

Para facturar electrónicamente solo se requiere la Firma Electrónica Avanzada, tramitar un certificado de sello digital  y utilizar el servicio gratuito de facturación que ofrece el SAT o bien, escoger entre cualquiera de los 66 Proveedores Autorizados de Certificación que podrá localizar en el Portal de Internet del SAT.

Desde 2005, el Servicio de Administración Tributaria ha ido transitando de manera gradual hacia este nuevo esquema. El proceso de simplificación ha eliminado la facturación en papel a través de un impresor autorizado, que estuvo vigente hasta 31 de diciembre de 2012 y ahora el Comprobante Fiscal Digital, actualmente vigente, queda eliminado el 31 de diciembre de 2013.

Los contribuyentes que utilizan la facturación electrónica han visto sus beneficios en materia de seguridad y rapidez en la emisión de comprobantes, disminución de hasta un 85 por ciento en los costos, optimización de controles internos, mejora en los procesos tecnológicos y en la atención de servicio al cliente, reducción de errores en el proceso de generación, captura, entrega y almacenamiento y un mayor control documental, por lo que han ido incrementando paulatinamente su uso, y disminuyendo o eliminando la emisión de comprobantes impresos, disminución del tiempo  de atención a las solicitudes de devolución, eliminación de la discrecionalidad en las áreas de pago al no haber intervención de personas, reducción de tiempos en la validación y captura de las facturas recibidas, eliminación de compulsas y, como receptor, se tienen mayores elementos para identificar comprobantes falsos.

Fundamento legal: (Descarga WORD 78 kB) Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y su anexo 3

viernes, 28 de octubre de 2011

CONTESTA TUS REQUERIMIENTOS DE IDE

El SAT perseguirá a evasores del IDE...

REQUERIMIENTOS POR IDE

¿TIENES CUENTA BANCARIA? ¿TE RETUVIERON IDE?
SABES EL BANCO ENVIA UN INFORME AL SAT SOBRE TUS DATOS Y EL I.D.E.
¿HICISTE TU DECLARACION ANUAL?

DISCREPANCIA FISCAL.
Si tienes una suspencion en el SAT y tienes retenciones de IDE.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó un programa contra contribuyentes que tuvieron
depósitos en efectivo, pero que no los declararon como ingresos en la pasada Declaración Anual de 2010.

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, jefe del SAT, adelantó que el programa de "Discrepancia Fiscal"
arrancará e irá sobre objetivos específicos.

"No quiero adelantar mucho porque va a ser un proyecto importante, muy ambicioso.
Espero que sí genere una recaudación de miles de millones de pesos", dijo el jefe del SAT.

Se tiene un conocimiento puntual de donde se presenta el fenómeno.
Es un programa muy fuerte que se conoce como la discrepancia fiscal, es decir,
depósitos en efectivo que no fueron declarados como ingresos en la declaración anual 2010.


¡No esperes a tener el problema! 
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viernes, 22 de abril de 2011

Abril Declaracion anual de Sueldos y Salarios, ingresos por salarios

Este mes de abril, el SAT requerirá de nuestras declaraciones anuales, para personas físicas.
Para poder hacer la declaración, debemos utilizar el programa DeclaraSAT,
Todas las personas físicas deberán presentar la declaración anual en abril de cada año, en los siguientes casos si generaron ingresos por estos conceptos:
  • Cuando obtengan ingresos anuales por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, que excedan de $400,000.00
  • Cuando hayan comunicado por escrito al patrón que presentarán declaración anual por su cuenta aunque los ingresos sean menores a $400,000.00
  • Prestación de servicios profesionales
  • Renta bienes inmuebles
  • Actividades empresariales
  • Enajenar bienes
  • Adquirir bienes
  • Penas convencionales
  • Préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de $1?000,000.00.
  • Herencias o legados y por enajenación de casa habitación, si la suma de los ingresos totales, contenidos en la declaración, es mayor a $500,000.00.
  • Percibir salarios bajo ciertas condiciones especiales
  • Intereses en condiciones especiales
  • Deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona
  • Inversiones en el extranjero
  • Intereses moratorios
Por el otro lado, las personas morales con fines de lucro tendrán que presentar la declaración anual por internet durante el periodo de enero a marzo del siguiente año a declarar.
A continuación, un simple tutorial para poder presentar la declaración anual por internet.
Personas Físicas: Procedimiento para presentar la declaración por Internet
  1. Instalar programa DeclaraSAT o utilizar programa DeclaraSAT en Línea
  2. Capturar sus datos en el programa
  3. Generar archivo de envío
  4. Enviar declaración al SAT
  5. SAT remitirá acuse de recibo
  6. Si la declaración resultó en cero o con saldo a favor, aquí termina el procedimiento
  7. Si resultó impuesto a cargo, ingrese al portal de un banco para realizar pago de impuestos por transmisión electrónica de fondos; llene el formato electrónico
  8. Efectuado el pago, el banco le enviará un recibo para que compruebe que realizó dicho pago


Aca Soluciones Contables Cancun
Tel. 998.8475256

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