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lunes, 17 de junio de 2013

Nuevas disposiciones para 2014 Combrobantes fiscales CBB CFD y CFDI

A partir de 2014, todos los contribuyentes que utilizan el esquema de Comprobante Fiscal Digital (CFD) deberán utilizar el esquema de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para la emisión de sus facturas electrónicas.

A partir de 2014 los contribuyentes con ingresos superiores a 250 mil pesos en el año, deberán utilizar el esquema de CFDI para la emisión de sus facturas electrónicas.

Todos los contribuyentes pueden adoptar la facturación electrónica, con independencia del nivel de ingresos que tengan.

Quienes tengan ingresos menores o iguales a 250 mil pesos, podrán seguir utilizando facturas en papel.

Para facturar electrónicamente solo se requiere la Firma Electrónica Avanzada, tramitar un certificado de sello digital  y utilizar el servicio gratuito de facturación que ofrece el SAT o bien, escoger entre cualquiera de los 66 Proveedores Autorizados de Certificación que podrá localizar en el Portal de Internet del SAT.

Desde 2005, el Servicio de Administración Tributaria ha ido transitando de manera gradual hacia este nuevo esquema. El proceso de simplificación ha eliminado la facturación en papel a través de un impresor autorizado, que estuvo vigente hasta 31 de diciembre de 2012 y ahora el Comprobante Fiscal Digital, actualmente vigente, queda eliminado el 31 de diciembre de 2013.

Los contribuyentes que utilizan la facturación electrónica han visto sus beneficios en materia de seguridad y rapidez en la emisión de comprobantes, disminución de hasta un 85 por ciento en los costos, optimización de controles internos, mejora en los procesos tecnológicos y en la atención de servicio al cliente, reducción de errores en el proceso de generación, captura, entrega y almacenamiento y un mayor control documental, por lo que han ido incrementando paulatinamente su uso, y disminuyendo o eliminando la emisión de comprobantes impresos, disminución del tiempo  de atención a las solicitudes de devolución, eliminación de la discrecionalidad en las áreas de pago al no haber intervención de personas, reducción de tiempos en la validación y captura de las facturas recibidas, eliminación de compulsas y, como receptor, se tienen mayores elementos para identificar comprobantes falsos.

Fundamento legal: (Descarga WORD 78 kB) Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y su anexo 3

Regularizacion ISR 2011 SAT Cartas de Hacienda

Invita SAT a regularizar ISR
2011
• Emite más de 400 mil cartas a partir de información recibida de las Instituciones
Financieras.
El Servicio de Administración Tributaria emitió poco más de 400 mil cartas invitación
para los contribuyentes que en 2011 recibieron depósitos en efectivo en instituciones
bancarias, y no lo declararon como ingresos a la autoridad fiscal.
Las cartas contienen la propuesta del monto a pagar de ISR, estimado a partir de la
información que las instituciones del sistema financiero entregan al SAT, y el cálculo
para liquidar hasta en seis parcialidades. Además, tienen la línea de captura con la que el
contribuyente podrá realizar el pago en la institución financiera autorizada, o bien, a
través de su portal bancario.
Esta acción tiene fundamento en la Segunda resolución de modificaciones a la
Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y su anexo 3, publicada el viernes 31 de mayo en el
Diario Oficial de la Federación.
En ella se informa que las personas físicas que hubieren
obtenido ingresos durante el ejercicio fiscal de 2011 y no hayan sido declarados, podrán
efectuar el pago del ISR que les corresponda hasta e
n seis parcialidades me nsuale s y suce sivas.
Permitenos asesorar en nuestro Despacho Cancun.
Tel. 8475256
Whatsapp 9981584996

domingo, 26 de agosto de 2012

Defraudación fiscal la omisión de presentar declaraciones definitivas (IVA) por más de un año

Será considerado como delito de defraudación fiscal la omisión de presentar declaraciones definitivas (IVA) por más de un año, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), quien reveló que el Congreso aprobó una modificación al artículo 109 del Código Fiscal de la Federación, la cual entró en vigor en 2012. “El IVA no es tuyo, es del fisco, si te lo quedas es como si te lo robaras. Si lo recibes y no lo pasas, te lo estás quedando; esto es lo que se está sancionando con esta reforma al código”

Pedro Canabal, administrador central de relaciones y comunicaciones del Servicio de Administración Tributaria

“La sanción es prisión”. El contribuyente se hace acreedor a una pena de tres meses a dos años carcel.

Artículo 109 del Código Fiscal de la Federación.

Asesoria Contable. Telefono 8 47 52 56

martes, 10 de abril de 2012

Errores frecuentes en la Declaracion Anual 2012

¡Error!Se deducen los honorarios médicos, dentales, gastos hospitalarios, de funerales o donativos en las declaraciones provisionales mensuales.

Cómo evitarlo:
Los gastos anteriores son deducibles para las personas físicas pero sólo al efectuar la declaración anual.

¡Error!
Se deducen gastos sin tener factura, recibo de honorarios o arrendamiento con todos los requisitos o sólo con  la nota de compra.

Cómo evitarlo:
Para deducir cualquier gasto, compra o inversión, es necesario que tenga el comprobante, ya sea la factura, el recibo de honorarios o arrendamiento. Las notas de venta o remisión no son suficientes para poder deducirse, si lo hace, la autoridad podrá imponerle sanciones y cobrar los impuestos no pagados con actualización y recargos.

¡Error!

Se deducen gastos con comprobantes expedidos a nombre de otra persona.

Cómo evitarlo:
Para que pueda deducir cualquier gasto, la factura, recibo de honorarios o arrendamiento debe estar a su nombre, de lo contrario no es deducible.

¡Error!

Se deduce la compra de automóvil, así como los gastos relacionados con el mismo, cuando el dicho vehículo es de uso personal o familiar.

Cómo evitarlo:
Las inversiones en automóviles, así como los gastos relacionados con los mismos sólo son deducibles si se utilizan exclusivamente en la actividad por la que se obtienen los ingresos. 
Publicado en la pagina www.sat.gob.mx
 Soluciones Contables
Tel. 847.52.56

lunes, 23 de enero de 2012

Modificaciones Comprobantes Fiscales 2012

Te envío la siguiente información acerca de datos adicionales que deberá contener la facturación.

El 12 de diciembre de 2011 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación diversas modificaciones al Código Fiscal de la Federación en materia de expedición de comprobantes fiscales, la cuales entraron en vigor el 1 de enero de 2012, entre las que se encuentra la obligación de asentar en el comprobante fiscal que se expida:

·         La forma como se realizará el pago, ya sean en efectivo, transferencias electrónicas de fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos que autorice el Servicio de Administración Tributaria, indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de tarjeta correspondiente.
·         El método de pago, ya sea en una sola exhibición o en parcialidades.

Es de suma importancia cumplir con las nuevas disposiciones, por ello se les anuncia.





TIP´S  Deducción del Gasto de Gasolina :

Para deducir el gasto de gasolina
NO debes pagar con:
Efectivo. x

SI debes pagar con:
Tarjeta de crédito o débito,
Cheque nominativo (que corresponda a tu cuenta),
Monedero Electrónico (autorizado por el SAT) sin importar cual sea el monto de tu compra.


viernes, 25 de noviembre de 2011

Declaracion Anual 2012 Sueldos y Salarios persona Fisica

Comunicado por escrito al retenedor que presentarán Declaración Anual por su cuenta

Escrito libre para los trabajadores que optaron por presentar Declaración Anual por su cuenta

Si los trabajadores percibieron ingresos anuales menores a 400 mil pesos y requieren presentar declaración anual por su cuenta le deben informar por escrito esta circunstancia a más tardar el 31 de diciembre de 2011, esto con el objeto de que usted como patrón no les efectúe cálculo anual del impuesto sobre la renta y además en su momento  les proporcione la Constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones efectuadas.

Ponemos a su disposición un ejemplo del escrito que le deben presentar sus trabajadores que se encuentren en el supuesto anterior.

Cancún, Q. Roo., ____ de diciembre de 2011.

Nombre del Patrón
Domicilio


El (La) que suscribe, _____________________________________, con Registro Federal de
Contribuyentes ____________________, me permito informarle que de conformidad con
los artículos 116 último párrafo, inciso c) y 117 fracción III, inciso b) de la Ley del Impuesto
sobre la Renta, y 151 de su Reglamento, voy a presentar por mi cuenta la declaración
anual del impuesto sobre la renta por los ingresos percibidos por concepto de sueldos y
salarios correspondiente al ejercicio fiscal de 2011.

Lo anterior se le informa con el fin de solicitar atentamente que no se efectúe el cálculo
del impuesto anual por los ingresos por concepto de sueldos y salarios que percibí por el
ejercicio de 2011.

Asimismo, me permito solicitarle la constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones
efectuadas en el año de 2011, la cual, debe ser entregada a más tardar en febrero de 2012
para estar en posibilidad de cumplir con la presentación de mi declaración anual  en el
plazo previsto por las disposiciones fiscales.


Atentamente

Nombre del Trabajador.

sábado, 13 de noviembre de 2010

¿Por qué contratar un CONTADOR en Cancún?


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¨Las empresas pequeñas, medianas ó grandes consideran la necesidad de  contratar el mejor asesoramiento contable para proteger su patrimonio.
¨El contribuyente se obliga a presentar en un plazo establecido sus Declaraciones y pagos de los impuestos, si las empresas no cumplen durante este tiempo establecido se hacen acreedoras de recargos y multas. Para evitarlo es necesario contar con los servicios de un contador.
¨Los empresarios que desean iniciar un nuevo negocio les será relevante contratar los servicios de un contador  que les asesore sobre sus obligaciones ante las dependencias de gobierno que le correspondan.
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