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lunes, 17 de junio de 2013

Regularizacion ISR 2011 SAT Cartas de Hacienda

Invita SAT a regularizar ISR
2011
• Emite más de 400 mil cartas a partir de información recibida de las Instituciones
Financieras.
El Servicio de Administración Tributaria emitió poco más de 400 mil cartas invitación
para los contribuyentes que en 2011 recibieron depósitos en efectivo en instituciones
bancarias, y no lo declararon como ingresos a la autoridad fiscal.
Las cartas contienen la propuesta del monto a pagar de ISR, estimado a partir de la
información que las instituciones del sistema financiero entregan al SAT, y el cálculo
para liquidar hasta en seis parcialidades. Además, tienen la línea de captura con la que el
contribuyente podrá realizar el pago en la institución financiera autorizada, o bien, a
través de su portal bancario.
Esta acción tiene fundamento en la Segunda resolución de modificaciones a la
Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 y su anexo 3, publicada el viernes 31 de mayo en el
Diario Oficial de la Federación.
En ella se informa que las personas físicas que hubieren
obtenido ingresos durante el ejercicio fiscal de 2011 y no hayan sido declarados, podrán
efectuar el pago del ISR que les corresponda hasta e
n seis parcialidades me nsuale s y suce sivas.
Permitenos asesorar en nuestro Despacho Cancun.
Tel. 8475256
Whatsapp 9981584996

jueves, 5 de enero de 2012

Preparando la declaracion anual 2011, Sueldos y salarios

Prepare desde hoy su declaración anual

Si se mantiene al corriente durante el año en sus obligaciones fiscales, tendrá los elementos para presentar en 2012 su declaración anual de manera ágil, rápida y sin contratiempos.
Sólo siga estos pasos:


A más tardar en febrero 2011 se deben entregar a los trabajadores constancias de remuneraciones cubiertas y de retenciones efectuadas. Dichas constancias las genera el programa DIM en los siguientes anexos:

Información anual de sueldos y salarios y conceptos asimilados, crédito  al salario y subsidio al empleo. En su caso se podrá utilizar la forma oficial 37. Debe contener sello y firma del empleador que lo imprime.

Relacione sus gastos personales,  de esta manera tendrá concentrados en una sola hoja los datos que requiere para presentar su declaración anual.
ES IMPORTANTE  la relación de facturas o recibos de honorarios de los siguientes gastos personales que realizo durante el año 2011 para que los pueda deducir en la declaración anual, y en su caso obtener saldo a favor en sus impuestos pagados o retenidos:
    • Honorarios por consultas médicas y dentales.
    • Gastos hospitalarios.
    • Compra o alquiler de aparatos para la rehabilitación o restablecimiento del paciente.
    • Análisis o estudios clínicos.
    • Lentes ópticos, graduados para corregir defectos oculares.
    • Honorarios a enfermeras.
    • Primas por seguros de gastos médicos.
    • Gastos de funerales.
    • Gastos de colegiaturas y transporte escolar obligatorio.
    • Donativos a instituciones autorizadas, por ejemplo a la Cruz Roja, al Teletón, etc.
    • Intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a casa habitación (le deben proporcionar una constancia o estado de cuenta anual).
    •  

Colegiaturas de preescolar a bachillerato y profesional técnico deducibles de impuestos


El pasado 14 de febrero de 2011, el Presidente Calderón firmó el Decreto por el cual se autoriza a las personas físicas a realizar la deducción de sus gastos en colegiaturas desde el nivel Preescolar hasta el nivel Bachillerato o equivalente. Esta deducción se realizará sobre las contribuciones que las personas  físicas realizan por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR).
La medida aplicará cuando se trate de las colegiaturas para los estudios del propio contribuyente, de su cónyuge, de sus hijos, nietos, padres o abuelos.  
Para acceder a los beneficios de la deducción de colegiaturas  será requisito que los pagos se realicen a través de medios de pago electrónico o cheques nominativos, es decir, no podrán realizarse los pagos mediante cheques “al portador” o efectivo.
Posteriormente, y al igual que otras deducciones personales del ISR, (por ejemplo, la deducción de gastos médicos) el contribuyente podrá deducir en su declaración anual a realizar en el periodo abril de 2012  los pagos realizados por concepto de colegiaturas. Hay que recordar que las declaraciones anuales se refieren al año fiscal anterior, es decir, la declaración que presentamos en 2012 corresponde a los gastos y los ingresos del 2011.
Los límites máximos para deducir contemplados en el decreto son los siguientes:
Nivel Educativo
Límite anual de deducción
Preescolar
$14,200.00
Primaria
$12,900.00
Secundaria
$19,900.00
Profesional técnico
$17,100.00
Bachillerato o su equivalente
$24,500.00

Estos límites se basan estrictamente en criterios de equidad, basados en igualar los límites de apoyo máximo con la inversión promedio por alumno que eroga el Gobierno Federal en el sistema de educación pública.

A continuación, algunas precisiones sobre la aplicación del Decreto:


  1. Los límites máximos considerados son por alumno y no por familia, por ejemplo, si una familia tiene dos hijos en nivel primaria, al año podría deducir (2 niños X 12, 900)= 25,800 pesos como tope máximo.
  2. En caso de que el estudiante carezca de padres, se autoriza a recibir el beneficio fiscal a sus tutores, ya sean tíos u otros, siempre y cuando estos posean la custodia legal del beneficiario
  3. Quedan excluidos pagos adicionales a las colegiaturas, como inscripciones, reinscripciones, útiles y uniformes.
  4. El beneficio fiscal es válido únicamente para pagos de colegiaturas a instituciones privadas que tengan autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación y correspondan a los programas y planes de estudio que en los términos de la Ley General de Educación se hubiera autorizado para cada nivel escolar.
  5. El Decreto considera la aplicación retroactiva al mes de enero, con lo cual se podrán deducir los gastos efectuados durante 2011 en la Declaración Anual a presentar en 2012.
  6. Con la finalidad de evitar duplicidades en las deducciones, solamente podrá deducirla uno de los contribuyentes, es decir, aunque el padre y la madre declaren impuestos, solamente uno de los dos podrá deducir las colegiaturas.
  7. Además, es importante recalcar que este apoyo también incluye a las personas físicas que son asalariadas, personas cuyos patrones les retienen sus impuestos y estos a su vez los enteran directamente al Servicio de Administración Tributaria. Para que los asalariados con ingresos menores de 400 mil pesos al año puedan acceder a este beneficio deberán presentar, antes del 31 de diciembre, el escrito avisando a su patrón que presentaran la declaración anual por su cuenta, como se hace normalmente cuando tienen otras deducciones personales que aplicar. En esta declaración será en la que solicitarán la devolución. Si el monto de la devolución es mayor a 10 mil pesos se necesita la Firma Electrónica, FIEL, que se tramita en el SAT. 
La importancia de este Decreto radica en su valor para la educación de los mexicanos, para la economía familiar y para que nuestra economía continúe consolidándose.

    lunes, 31 de octubre de 2011

    CONTESTA TUS REQUERIMIENTOS DE IDE


    Código de Barras Bidimensional SAT

    Los códigos de barras de dos dimensiones, o bidimensionales, son códigos que tienen como principal característica la de poder expresar más información que la que contienen los códigos de una dimensión. Dependiendo del tipo de código, se pueden almacenar hasta casi 7,000 caracteres. Actualmente, el código de barras bidimensional es utilizado en los comprobantes fiscales del SAT.



    De esta manera, el código bidimensional se consagra como el sucesor del conocido “código de barras”. Se trata de un archivo bidimensional que permite albergar toda la información que se requiera para identificar plenamente al contribuyente, que es capturada por el fisco en forma automática e instantánea, utilizando para ello un dispositivo de lectura diseñado a estos efectos.
    Esta tecnología tiene varias ventajas:
    • No es necesario que el contribuyente disponga de un equipamiento especial
    • Su desarrollo no es costoso
    • Alberga toda la información requerida
    • La captura es instantánea
    • Puede ser efectuada por cualquier agente del fisco y validarse la consistencia de los datos
    No obstante los beneficios enunciados, requiere del soporte papel y del desplazamiento del responsable para dar cumplimento a su obligación.
    Debemos recordar que esta modalidad de comprobación solamente podrán optar por ella los contribuyentes:
    • Cuyo monto de operación sea hasta de $2000
    • Cuyos ingresos en el último ejercicio no hubieran excedido de 4 millones de pesos

    ¿Quién puede utilizar este esquema?

    Todas aquellas personas físicas y morales que:
    • Durante el año 2010 hubieran tenido ingresos menores a 4 millones de pesos, o
    • Quienes inicien sus operaciones en 2011 y calculen que durante el año, sus ingresos no superarán los 4 millones de pesos.

    ¡No esperes a tener el problema! 
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    Beneficio fiscal en colegiaturas

    El gobierno del Presidente Calderón, para apoyar a las familias mexicanas a cubrir sus gastos en educación, ampliar sus oportunidades y continuar impulsando la reactivación de la economía, decretó que el pago de las colegiaturas se pueda disminuir del Impuesto Sobre la Renta.
    Los montos que se podrán disminuir son los siguientes:
    • Preescolar $14,200
    • Primaria $12,900
    • Secundaria $19,900
    • Profesional técnico $17,100
    • Bachillerato o su equivalente $24,500
    La medida aplicará cuando se trate de las colegiaturas para los estudios de los hijos,  padres, cónyuge o para el propio contribuyente. Para beneficiarte con este estímulo fiscal, las colegiaturas deben pagarse con cheque o por medios electrónicos.
    Solicita en tu plantel educativo el comprobante fiscal de las colegiaturas cubiertas de enero a la fecha, para ello proporciona los siguientes datos:
    Nombre completo
    Clave del Registro Federal de Contribuyentes
    Domicilio fiscal
    Además, asegúrate que en el comprobante, dentro de la descripción del servicio, se anote el nombre del alumno.
    La expedición de comprobantes es una obligación fiscal, si no te los expiden denúncialo  llamando a 01 800 INFOSAT (01 800 463 67 28) o en sat.gob.mx
    El Gobierno Federal refrenda su compromiso con la educación como medio idóneo para fortalecer el desarrollo de nuestro país y mejorar las oportunidades de los mexicanos.


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