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lunes, 23 de enero de 2012

Modificaciones Comprobantes Fiscales 2012

Te envío la siguiente información acerca de datos adicionales que deberá contener la facturación.

El 12 de diciembre de 2011 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación diversas modificaciones al Código Fiscal de la Federación en materia de expedición de comprobantes fiscales, la cuales entraron en vigor el 1 de enero de 2012, entre las que se encuentra la obligación de asentar en el comprobante fiscal que se expida:

·         La forma como se realizará el pago, ya sean en efectivo, transferencias electrónicas de fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos que autorice el Servicio de Administración Tributaria, indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de tarjeta correspondiente.
·         El método de pago, ya sea en una sola exhibición o en parcialidades.

Es de suma importancia cumplir con las nuevas disposiciones, por ello se les anuncia.





TIP´S  Deducción del Gasto de Gasolina :

Para deducir el gasto de gasolina
NO debes pagar con:
Efectivo. x

SI debes pagar con:
Tarjeta de crédito o débito,
Cheque nominativo (que corresponda a tu cuenta),
Monedero Electrónico (autorizado por el SAT) sin importar cual sea el monto de tu compra.


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