Únicamente son deducibles los gastos indispensables
para el negocio
Los gastos e inversiones que sean estrictamente
indispensables para llevar a cabo su actividad, siempre y cuando los haya
pagado durante 2014 y cuente con los comprobantes que reúnan todos los
requisitos fiscales (facturas cfdi)
POR EJEMPLO:
Compras de
mercancías, materias primas, que se utilicen para prestar
servicios, para fabricar bienes o para enajenarlos.
Gastos en
general como son; renta de locales, pago de luz,
teléfono y agua que se utilicen para su actividad, papelería y artículos de
escritorio, sueldos y prestaciones de sus trabajadores, los artículos de
limpieza, de cafetería, vehículo y maquinaria, equipo de trabajo, y algunos
electrodomésticos, siempre y cuando estén en el negocio y sea de utilidad para
este, además del equipo de celular, de oficina,
de cómputo
Gasolina, el pago
con cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito, transferencia electrónica,
monedero electrónico.
Vehículos hasta 130
mil pesos y seguro de vehículos
El pago de tenencia
vehicular, el mantenimiento de vehículos, llantas, afinaciones, composturas,
lavado y aspirado de vehículos.
El mantenimiento de los inmuebles también es
deducible de impuestos
Además de la capacitación
y adiestramiento, casetas de cobro, autopistas, gastos de viaje por 750
pesos diarios por persona en territorio nacional y mil 500 pesos en el
extranjero.
De las comidas dentro de la ciudad se deduce un 8.5
por ciento del valor de la factura.
Los donativos no deberán rebasar el 4 por ciento de
la utilidad del ejercicio, los servicios como luz y agua, los aparatos de aire
y calefactores también serán deducibles.
Es destacable que cualquier deducción deberá ser estrictamente indispensable para llevar su actividad a cabo. Asimismo, en casos de que la deducción sea mayor a $2,000.00, deberá ser pagado con cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, débito o de servicios, a través de monederos electrónicos o por transferencia bancaria. Las deducciones pagadas en efectivo son no serán deducibles.
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